BUENOS AIRES. El Gobierno de Argentina dispuso el arancelamiento para las prestaciones de salud para extranjeros no residentes en los hospitales de jurisdicción nacional. Con una resolución del Ministerio de Salud, se avanzó en la reglamentación del nuevo sistema que busca amortiguar el costo público del turismo sanitario.
En ese sentido, la nueva normativa contempla distintos casos de excepción. Además, hay dos circuitos de cobro que serán utilizados por las instituciones para el reintegro de los gastos ejecutados sobre personas no residentes.
Uno de los cambios más importantes es que, en adelante, los extranjeros sin residencia podrán seguir recibiendo atención no inmediata aunque ahora deberán afrontar los costos. Esto incluye tratamientos no urgentes, consultas y prácticas médicas, eventuales o crónicas, que deberán estar cubiertas por un seguro de salud prepago o ser canceladas mediante un nuevo sistema de cobro que funcionará en los hospitales.
La medida, según el Gobierno nacional, llegó para unificar el sistema con el de varias provincias que comenzaron a arancelar la atención de salud pública a personas extranjeras. Esto en el marco de un constante flujo de turismo sanitario, especialmente presente en establecimientos públicos.
¿Qué pasa con las emergencias?
En el caso de las emergencias médicas, el cambio contempla una excepción al cobro. Bajo evaluación médica, el cuerpo de profesionales que atienda a un paciente extranjero no residente deberá definir la urgencia del caso y, en base a ello, prestar atención necesaria hasta estabilizar el cuadro sin necesidad de cobro.
En ese sentido, el Ministerio de Salud contempló explicó algunos casos en los que no se ejecutaría el cobro asistencial hasta en tanto no se estabilice al paciente.
El nuevo sistema contempla que el cobro de prestaciones comience a “correr” una vez que el paciente esté bajo un cuadro estable. Esto, al igual que en el triage, a criterio del equipo médico.
¿Qué pasa con los extranjeros residentes?
En el caso de los extranjeros residentes, las prestaciones de salud pública se mantienen vigentes y sin aranceles ordinarios. En ese sentido, será necesario la presentación del DNI físico que acredite las condiciones migratorias o bien la Constancia de Residencia Permanente en Trámite.
De esta manera, todos aquellos extranjeros de asiento permanente en Argentina podrán acceder bajo las mismas condiciones que un ciudadano pleno al circuito de salud pública, incluyendo tanto emergencias médicas, como prácticas y consultas programadas.
Fuente: Urgente 24



